La cláusula suelo establece un mínimo de interés variable que pagas por tu hipoteca. Si, a pesar de la actual bajada de intereses tu hipoteca continúa teniendo el mismo importe es probable que estés entre los afectados por esta cláusula. Puedes comprobarlo en las escrituras hipotecarias, observando si en las condiciones, hay diferentes situaciones en las que se consideran ilegales estas cláusulas suelo, como que no haya una cláusula techo o que sea excesivamente alta, que en la oferta vinculante previa no se hable de esta cláusula, que no se te informe de ella adecuadamente, así como en los casos en los que hay un claro desequilibrio en las cláusulas del contrato hipotecario.
Si no tienes claro si se te impuso o no esta cláusula o no la ves en las escrituras, no dudes en consultarnos, ello no te supondrá coste alguno.
Ahora, con las recientes sentencias de 24 de enero de 2019, el Tribunal Supremo establece que los consumidores solo podrán reclamar, aproximadamente, la mitad del coste de la formalización de los créditos hipotecarios que firmaron en su día, excluido el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, que es el gasto de mayor cuantía. Los gastos de formalización del crédito hipotecario son los de notaría, registro, asesoría y tasación. Además, esta sentencia no es aplicable a las hipotecas constituidas desde el 10 de noviembre de 2018, que se rigen por una nueva normativa.
Con esta doctrina jurisprudencial, la mayoría de los Bancos están llegando a acuerdos con los afectados y devolviendo su dinero. Si tienes dudas, consúltanos sin coste alguno.
El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios o IRPH es un regulador que funciona como indicador financiero, el cual es utilizado por diferentes entidades bancarias, con el fin de establecer el tipo de interés variable en los préstamos hipotecarios de sus clientes y como una alternativa el EURIBOR. Los clientes con este índice suelen tener la cuota de hipoteca más alta debido a que se calcula con la media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios concedidos por bancos en los últimos tres años. el IRPH Cajas, que se calcula de la misma forma que el anterior, y el IRPH Entidades, que era una media que reunía características de las dos anteriores.
Actualmente, de estos tipos de IRPH sólo estaría vigente el de tipo Entidad y se publica mensualmente en el Banco de España los datos económicos actualizados del IRPH en el Boletín Oficial del Estado.
Muchas de estas hipotecas se formalizaron con este índice IRPH sobre el año 2007 cuando el EURIBOR estaba más alto y las personas se inclinaron por este índice los clientes que en bastantes ocasiones, no eran informados adecuadamente de lo que estaban firmando y de los riesgos que conllevan al adquirir una hipoteca con este tipo de índice.
En definitiva, se ha podido dar una falta de transparencia, el Tribunal Supremo sentenciaba el hecho de que una hipoteca estuviera referenciada al IRPH, no era abusiva, pero se demostraría que había una falta de transparencia por lo que se podía considerar como nulo y esto ha abierto la puerta a multitud de reclamaciones e incluso a instar actualmente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea a que decida si finalmente no es un índice transparente y puede ser declarado abusivo y nulo.
Si es tu caso, no dudes en consultarnos, sin coste alguno