Una vez analizada médica y jurídicamente le confirmaremos su viabilidad, asignando un porcentaje de cobro como honorarios de actuación, así como el coste del perito médico si fuera necesario que elaborara un informe por escrito. De estar de acuerdo en ese porcentaje, le remitimos la correspondiente hoja de encargo. Una vez devuelta firmada referida hoja de encargo en señal de conformidad, empezamos nuestro trabajo de reclamación.
La negligencia médica es un acto mal realizado por parte de un proveedor de asistencia sanitaria que se desvía de los estándares aceptados en la comunidad médica y que causa alguna lesión al paciente. Es haber realizado actos no apropiados o, por no haber tenido la diligencia requerida para el caso particular.
En caso de haber sufrido una negligencia médica, es necesario que nos remita copia de toda la documentación de su caso y el relato del mismo con el mayor detalle posible, si no puede realizar ese trámite usted, no se preocupe, ya nos encargaremos nosotros tras obtener su poder notarial.
En concreto para valoración de negligencias médicas precisamos de copia del historial completo del paciente relacionado con el caso. Es su derecho. Puede solicitarlo al médico, centro hospitalario público o privado o cualquier centro médico en que exista historial.
El requerimiento debe enviarse o bien personándose en el hospital y que sellen copia del escrito con fecha de entrada, o bien (lo habitual) enviándolo por correo por el sistema de burofax (de cualquier oficina de correos) con acuse de recibo y certificado de contenido.
Por nuestra parte, una vez recibido el historial médico junto al relato pormenorizado, y firmada la hoja de encargo de nuestro porcentaje de honorarios, iniciamos la reclamación informando a nuestros médicos el caso, para que confirmen la existencia de la negligencia médica, ya que en el caso.
Necesitamos la valoración de un médico porque nosotros somos abogados y cualquier reclamación tiene que estar apoyada en un informe de praxis médica, ya que en caso de que no aprecien mala praxis para una reclamación por negligencia médica, renunciaremos a la reclamación informándole inmediatamente.
Es importante saber que, para exigir responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria o alguno de sus médicos o profesionales dispone de 1 año, mientras que en las Negligencias médicas en sanidad privada debes tener en cuenta que:
- Si se contrata al médico directamente y se demanda a este: 5 años (10 años si es en Cataluña)
- Si se contrata al médico a través de compañía de seguros, demandar a este prescribe al año.
- Si se demanda a la compañía del seguro de salud: 5 años (10 años si es en Cataluña)
La prescripción se empieza a contar a partir de la estabilización de las lesiones del perjudicado o en su caso desde su muerte para los familiares. Los plazos de reclamaciones por negligencias médicas hacen referencia a la prescripción vigente actual, si los casos son anteriores a la reforma del Código Civil, entonces los plazos son diferentes.